MANUAL DE CONVIVENCIA
EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA
Año 2008
INDICE:
ACUERDO No. 001 DE 2008. ……………………………………………………………...
CAPÍTULO I. CONCEPTO, FILOSOFÍA Y PERFILES……………………….
CAPITULO II ADMISIÓN, MATRÍCULAS Y PERMANENCIA
CAPITULO III. DERECHOS………………………………………
CAPÍTULO IV. DEBERES………………………………………...
CAPÍTULO V. PROHIBICIONES………………………………..
CAPÍTULO VI. FALTAS Y CORRECTIVOS……………………..
CAPÍTULO VII. PROCESOS DICIPLINARIOS PARA ESTUDIANTES
CAPÍTULO VIII. AUSENCIA Y RETARDOS……………………
CAPÍTULO IX. ESTÍMULOS……………………………………..
CAPÍTULO X. CONSEJO DIRECTIVO…………………………
CAPÍTULO XI. REPRESENTACION ESTUDIANTIL…………..
CAPITULO XII. JORNADA ESCOLAR, HORARIO JORNADA ESCOLAR Y JORNADA LABORAL
CAPITULO XIII. SERVICIOS OFRECIDOS POR LA INSTITUCION
ACUERDO No. 001
Febrero 03 de 2008.
Por el cual se adopta el Manual de Convivencia de la I. E. El Recreo
El Consejo Directivo en uso de sus funciones legales y considerando:
- Que el Consejo Directivo es un órgano de gobierno escolar, catalogado como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la Institución. (Decreto 1860 de 1994).
- Que es función del Consejo Directivo adoptar el Manual de Convivencia de la Institución. (Ley 115 de 1994 y Decreto 1860 de 1994).
- Que durante tres jornadas de trabajo de analizaron las propuestas de los tres estamentos que componen la Institución, sobre la temática en mención.
ACUERDA:
ARTÍCULO ÚNICO: Adoptar el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa “El Recreo” de Garzón Huila.
CAPÍTULO I
CONCEPTO, FILOSOFÍA, OBJETIVOS Y PERFILES
ARTÍCULO 1. DEFINICIÓN.
El Manual de Convivencia de la Institución Educativa El Recreo es el instrumento elaborado concertadamente con todos los integrantes de la comunidad educativa, en donde se consignan derechos y estímulos, deberes y correctivos, procesos, procedimientos e instancias para los estudiantes, docentes y padres de familia de conformidad con La Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, El Código del Menor y demás normatividad jurídica vigente, con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral de la persona humana.
El Manual de Convivencia contiene una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular contempla los siguientes aspectos:
1. Reglas de higiene personal y de salud pública.
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes de la institución.
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
4. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.
5. Procedimientos para resolver los conflictos de los miembros de la comunidad educativa.
6. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y demás estamentos.
7. Calidad y condiciones de los servicios que ofrece la institución ( alimentación, transporte , sala de informática, biblioteca, laboratorio entre otros.
8. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna.
ARTÍCULO 2. FILOSOFÍA DEL MANUAL
Nuestro Manual de Convivencia está basado en el principio que la persona es un ser social por naturaleza y sobre él giran todos los procesos de la vida, por ende busca la formación equilibrada en todos los aspectos del ser humano que lo conduzcan a hacer parte fundamental de los valores humanos y principios de amor, formación, trabajo y proyección.
ARTÍCULO 3. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
La filosofía de la Institución Educativa El Recreo, se enmarca dentro del lema AMA, FORMA, TRABAJA Y PROYECTATE.
La Institución propende por la formación y desarrollo integral, armónico de los estudiantes en los aspectos físicos, intelectuales y morales de la persona, con base en la honradez, la responsabilidad, la amistad, la rectitud, los valores cívicos, humanos y religiosos.
El perfeccionamiento del intelecto, la formación estética y social que le permitan organizar su vida y ser útil a la sociedad.
Es política de la Institución, el regirse por principios democráticos, con el fin de crear un ambiente propicio y agradable para la investigación y el
Desarrollo de los procesos de enseñanza aprendizaje y formación en todos sus niveles.
Todo lo anterior se fundamenta en el Proyecto Institucional Educativo con el fin de integrar la comunidad educativa, mejorar el nivel de vida, orientarlos en la elección vocacional y profesional, fomentando en el estudiante hábitos de trabajo, cumplimiento del deber con responsabilidad, honradez, veracidad, espíritu de cooperación y convivencia, para lograr un mejor desenvolvimiento en su vida diaria presente y futura.
ARTÍCULO 4. MISIÒN DE LA INSTITUCIÓN.
Orientar la formación integral del estudiante, acompañando cada una de la etapas del desarrollo, estimulando su capacidad analítica, reflexiva y constructiva de su vida para que sea una persona competente y dinamizadora en el avance recíproco de la comunidad.
ARTÍCULO 5. VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN
La institución educativa El Recreo será en el año 2020 un ente social, desarrollando líderes competentes en la demanda que exige la sociedad, uniendo a la institución con la comunidad en proyectos productivos que transversalicen en las áreas de trabajo y en las familias de la región.
ARTÍCULO 6. OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÒN.
1. Orientar al estudiante en la elección vocacional de acuerdo a sus habilidades y destrezas para una mejor calidad de vida.
2. Buscar en la construcción del conocimiento, el trabajo en equipo, el uso racional del medio ambiente, la utilización de las herramientas tecnológicas donde el estudiante reflexione y comunique los procedimientos.
3. Implementar la metodología holística con el fin de poder competir con los parámetros de calidad exigidos por el Estado.
4. Formar líderes comunitarios conscientes de las necesidades locales y que dinamicen proyectos en pro de la región.
5. Proyectar la institución a la comunidad mediante la capacitación de cursos complementarios.
ARTÍCULO 7. OBJETIVOS COMUNES DE TODOS LOS
NIVELES DE EDUCACIÓN.
Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:
- Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes.
- Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos.
- Fomentar en la Institución Educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y responsabilidad.
- Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de si mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar, armónica y responsable.
- Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional.
- Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional.
- Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.
- Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.
- Propiciar el mejoramiento del hábitat natural y la protección de los recursos del medio ambiente para una sana convivencia.
ARTÍCULO 8. PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE.
El directivo docente de la Institución Educativa El Recreo, debe ser una persona formada en principios y valores humanos, capaz de reflejarlos en su quehacer administrativo, pedagógico y productivo.
Debe ser un conocedor de la misión y visión de la institución que orienta. Conocedor de sus necesidades y expectativas.
Que tenga capacidad de liderazgo, de gestión, de proyección y que muestre los avances logrados en la Institución.
ARTÍCULO 8. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
El personal administrativo de la Institución Educativa El Recreo, debe:
- Poseer una formación basada en los principios de servicio, tolerancia, ayuda, sentido de pertenencia, honestidad y respeto
- Que maneje las normas básicas de comportamiento y cortesía para atender las solicitudes de la comunidad educativa.
- Que conozca la misión y visión de la Institución Educativa donde labora.
- Que tenga proyección e ideas que ayuden al fortalecimiento de la empresa donde labora.
- Que sea una persona polifacética y colaboradora.
- Que conozca la normatividad vigente con relación a sus funciones.
- Que haga de su empresa el lugar más agradable y productivo.
ARTÍCULO 9. PERFIL DEL PERSONAL DOCENTE.
- Una persona que refleje en sus actitudes vocación y amor por su profesión.
- Un ser con principios y valores que busque permanentemente la excelencia.
- Que sea un ser equilibrado y justo; que practique los valores humanos, para comprender, saber y orientar sus estudiantes.
- Una persona innovadora, dinámica, emprendedora que esté dispuesta a aprender y enseñar para el fortalecimiento de su comunidad.
ARTÍCULO 10. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA.
- El padre de familia de la Institución Educativa El Recreo, debe ser una persona equilibrada, responsable con su núcleo familiar.
- Una persona activa y colaboradora que esté dispuesta a capacitarse, para mejorar su rol como padre responsable en la educación de sus hijos.
- Que se comprometa a realizar el respectivo acompañamiento en el proceso formativo de su hijo como estudiante.
- Que conozca las normas de la institución para que las cumpla.
- Que sea modelo y ejemplo para sus hijos en cualquier espacio o cargo.
- Que atienda las necesidades afectivas, físicas y económicas de sus hijos.
ARTÍCULO 11. PERFIL DEL ESTUDIANTE.
- Una persona que se esfuerce por dejar una huella positiva en su paso por la institución.
- Que sea alguien competitivo a nivel deportivo, artístico, académico y político.
- Que sea analítico, crítico, reflexivo e investigativo en las diferentes formas.
- Un ser integral y social lleno de valores humanos.
CAPITULO II
ADMISION, MATRÍCULA Y PERMANENCIA
ARTÍCULO 12. ADMISIÓN.
Son criterios para la admisión de estudiantes en la Institución Educativa El Recreo:
- Existir disponibilidad de cupo.
- Tener en cuenta el rendimiento académico, comportamiento y disciplina.
- La Institución garantizará la disponibilidad de cupo a los alumnos antiguos, siempre y cuando que la inscripción y matrícula se hagan en la fecha indicada.
- Que el padre de familia cumpla y participe en las actividades programada por la Institución.
- No haber sido sancionado con pérdida de cupo el año anterior.
ARTÍCULO 13. MATRÍCULA.
La matrícula es el derecho que le da al estudiante de ingresar a la Institución Educativa.
Es un contrato tripartito entre la Institución Educativa, la familia y el estudiante. Mediante este acto la Institución adquiere el compromiso de formación integral del estudiante, quien a su vez con los padres de familia o acudientes aceptan el deber de cumplir el presente Manual.
En el momento de la matricula el padre de familia deberá cancelar los costos para uso y mantenimiento de la sala de informática, manual de convivencia y otros.
ARTÍCULO 14. REQUISITOS PARA MATRÍCULA.
Para ser matriculado como estudiante debe llenar los siguientes requisitos:
Alumnos que ingresan por primera vez a la Institución:
- Tres fotos de 3 X 4 cm a color.
- Fotocopia del documento de identidad ( Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía)
- Fotocopia del carné de vacuna, menores de 15 años.
- Examen de serología para mayores de 15 años.
- Dos fotocopias de carné de salud o ficha Sisbén actualizada.
- Certificado de asistencia al taller sobre Manual de Convivencia (Padres)
- Consignación pago costos educativos.
- Recibo de un servicio público.
- Recibo pago de mantenimiento de la sala de informática.
- Certificado del registro Escolar de Valoración de los años anteriores para secundaria y para primaria el del año anterior.
- Paz y salvo.
Alumnos antiguos.
- Dos fotos de 3X4 cm. a color.
- Paz y salvo.
- Certificado asistencia al taller sobre Manual de Convivencia (Padres).
- Dos fotocopias de carne de salud o ficha Sisben actualizada.
- Consignación pago costos educativos.
- Recibo de servicio público.
- Recibo pago de mantenimiento de sala de informática.
ARTÍCULO 15. MATRÍCULA CON COMPROMISO.
Cuando el estudiante haya demostrado serias deficiencias en la consecución de logros básicos, o en su comportamiento, su matrícula solamente se efectuará bajo acta de compromiso.
ARTÍCULO 16. PERMANENCIA.
La institución propenderá por la permanencia de los estudiantes en la misma, por lo tanto el estudiante tendrá derecho a continuar estudios en la Institución siempre y cuando no exista causal de exclusión contemplada en este Manual.
Se pierde la calidad de estudiante en cualquiera de los siguientes casos:
- Cuando se haya cumplido el ciclo de estudios previsto.
- Cuando por enfermedad debidamente certificada por el médico, considere inconveniente la participación definitiva del estudiante en la vida comunitaria.
- Cuando a criterio de la Comisión de Evaluación y Promoción establezca que el estudiante en el semestre no haya superado el 10% del rendimiento académico en los dos períodos de estudio.
- Por presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula.
- Cuando haya sido excluido de la Institución por decisión del Consejo Directivo como resultado de un proceso disciplinario donde se haya garantizado el derecho a la legítima defensa.
- Cuando el padre de familia no haya cumplido los compromisos adquiridos.
CAPÍTULO III
DERECHOS
ARTÍCULO 17. DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
1. Recibir presupuesto suficiente con destino a la planta de personal docente, personal operativo, a la planta física y material didáctico.
2. Recibir de las autoridades educativas del nivel nacional, departamental y municipal, el respaldo efectivo a los proyectos institucionales y a los estímulos a que se haga merecedora, siendo evaluada con criterio justo e imparcial.
3. Desarrollar el Proyecto Educativo Institucional y programas curriculares sin interferencias de entidades ajenas a los estamentos educativos.
4. Exigir a las autoridades el cumplimiento con la Institución en lo relacionado con: El presupuesto, la planta de personal y la capacitación.
5. Tiene derecho a contar con el apoyo de la comunidad en el desarrollo de los proyectos y actividades que programe la institución.
ARTÍCULO 18. DERECHOS DE LOS DOCENTES.
Frente al Estado:
1. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a los afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden nacional y seccional.
2. Recibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado en el Escalafón.
3. Ascender dentro de la carrera docente.
4. Participar en los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezca.
5. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
6. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
7. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino de acuerdo con las normas y procedimientos que se establezcan legalmente.
8. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
9. Elegir y ser elegido para los cargos de representación que se creen en la Institución según el proyecto Educativo Institucional.
10.A participar en la definición de los lineamientos, objetivos, políticas, proyectos de estudio, currículo y manual de convivencia de la Institución Educativa El Recreo.
11.A presentar sugerencias e iniciativas que busquen el bienestar de la comunidad educativa y un mejor desarrollo del PEI.
12.A ser estimulado por la calidad de su trabajo y por los aportes que le brinden a la comunidad educativa.
13.A participar de los procesos de evaluación institucional y a conocer los resultados de la misma, especialmente los que atañen a su propio desempeño.
14.A que se le respete los derechos fundamentales contemplados en la Constitución Nacional.
15.Recibir un trato cortés tanto de los directivos, docentes, padres de familia y estudiantes.
16.Presentar propuestas e innovaciones en pro del mejoramiento del desarrollo educativo y recibir el correspondiente estimulo.
17.Derecho al suministro de herramientas didácticas y educativas, necesarias para ejercer su función.
18.A presentar evidencias en defensas sobre posibles irregularidades que se presentan con la comunidad educativa.
ARTÍCULO 19. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/OACUDIENTES.
1. Pertenecer a la asociación de Padres de Familia.
2. Elegir y ser elegido a los cargos representativos en la Institución.
3. Ser atendido tanto por directivos, docentes, personal administrativo y operativo cuando precisen información o al presentar sugerencias o reclamos sobre sus hijos o acudidos.
4. Participar en la elaboración y ajustes del Manual de Convivencia.
5. Reclamar por el incumplimiento del presente Manual, siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva.
6. Recibir periódica y oportunamente los informes integrales de sus hijos o acudidos.
7. Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos o acudidos.
8. Exigir a las autoridades el cumplimiento de las responsabilidades con la educación.
9. Ser consultado sobre la participación de su hijo(a) o acudido en actividades o eventos como salidas, trabajos de campo y otras que impliquen costo y tiempo adicional.
10.Promover iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con la filosofía institucional, normas vigentes y el Proyecto Educativo Institucional.
11.Ser estimulado cuando hayan promovido el bienestar de la comunidad educativa y/o liderado el desarrollo del P. E. I.
12.A recibir capacitación que la institución educativa programe en pro del mejoramiento de su calidad de vida.
13.Recibir el Manual de Convivencia al momento de matricular su hijo.
14.A participar en actividades recreativas, culturales y demás eventos programados por la Institución Educativa.
ARTÍCULO 20. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
1. Participar en la elaboración, reforma, ejecución y evaluación del P. E. I.
2. Exigir que se cumplan las clases y actividades programadas en forma puntual y completa, así como las normas legales vigentes sobre evaluación y promoción, dadas a conocer al inicio del año escolar.
3. Recibir oportunamente la programación curricular de cada área, lo cual le permite conocer logros, indicadores, metodología, contenidos y criterios de evaluación.
4. Los estudiantes tienen derecho a tres recuperaciones y deben justificar sus fallas.
5. Ser evaluado académicamente mediante los procesos establecidos por las normas legales vigentes.
6. Participar en la evaluación de los procesos para a obtención de los logros mediante la auto evaluación y coevaluación con sus compañeros y profesores
7. Ser promovido anticipadamente cuando demuestre persistentemente la superación de los logros previstos para el grado de estudio.
8. Recibir una orientación acorde con la realidad científica, política, económica, cultural y social en la cual se desenvuelve en el mundo contemporáneo.
9. Tener una oportuna y adecuada educación sobre la sexualidad.
10.Recibir educación para la protección del medio ambiente.
11.Acordar con el respectivo profesor las actividades que se requieren para superar las fallas o limitaciones en la consecución de los logros y/o programar actividades de profundización, investigación o prácticas como monitores-docentes.
12.Elegir y ser elegido a los organismos de representación en la Institución Educativa, según la Ley General de Educación, el Proyecto Educativo Institucional y con base en el perfil del líder estudiantil.
13.Pertenecer a las asociaciones y grupos juveniles que promueva la Institución.
14.Representar dignamente a la Institución en los diferentes eventos culturales, sociales y deportivos; siempre y cuando su comportamiento y rendimiento académico lo amerite.
15.Ser atendidos y escuchados tanto por directivos, docentes, personal administrativo y operativo, cuando precisen información o al presentar sugerencias o reclamos.
16.Recibir orientación adecuada para trabajos escritos, bibliografías para investigaciones, tareas, consultas, carteleras, etc. Así como la revisión y corrección oportuna de los docentes.
17.Conocer y participar en la elaboración y reformas del Manual de Convivencia.
18.Reclamar por el cumplimiento del presente Manual siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva.
19.Recibir de sus compañeros y superiores un trato cortés, decente
y digno.
20.Recibir el carné Estudiantil 30 días hábiles después de iniciado el año lectivo.
21.Recibir las clases y participar en toda actividad en un ambiente propicio para el desarrollo de todos los procesos.
22.Ser reconocido y estimulado por méritos especiales en lo académico, social o deportivo.
23.Recibir cuidado, asistencia y protección digna sin ninguna discriminación por sexo, raza, edad, lengua, religión, opción política o filosofía.
24.Agotadas las vías de diálogo siguiendo el conducto regular, presentar por escrito solicitudes y reclamos ante los estamentos respectivos, acorde con las situaciones planteadas en el ambiente interno institucional y obtener oportuna respuesta.
25.Recibir orientación adecuada sobre los diferentes servicios que tiene la Institución para los estudiantes, fijándose los conductos y medios a seguir para el disfrute de los mismos.
26.Ser escuchado al igual que sus padres o acudientes en todo proceso disciplinario o académico que se le adelante garantizándole el derecho a la defensa.
27.Derecho a la defensa ante la instancia correspondiente ejercer derecho de reposición, apelación ante la instancia correspondiente, dejando constancia por escrito.
CAPITULO IV
DEBERES
ARTÍCULO 21. DEBERES DEL ESTADO.
1. Ofrecer educación gratuita en las instituciones del estado hasta noveno grado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
2. Reconocer y proteger el proceso evolutivo, sicosomático y cognoscitivo avalado en los derechos del niño y el Código del Menor.
3. Dar cumplimiento a la Constitución Nacional y a las leyes a través de las autoridades civiles, militares.
4. Dotar de presupuesto suficiente con destino a planta de personal docente, personal operativo, planta física, material didáctico y capacitación.
5. Brindar protección efectiva y oportuna a los estudiantes a través de las autoridades y entidades oficiales designadas
6. Evaluar la Institución con criterio justo, imparcial y objetivo.
7. Otorgar oportunamente los estímulos a que se haga merecedor la Institución Educativa.
ARTÍCULO 22. DEBERES DE LA INSTITUCIÓN
1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
2. Formar integralmente en los aspectos curriculares, formativos, afectivos, éticos, psicomotores, estéticos, deportivos, vocacionales y sociales.
3. Cumplir funciones inherentes al cargo por parte de los funcionarios de la Institución, así: Rectoría, Coordinación, Docentes, Administrativos, Operativos y Bienestar.
4. Dar a conocer el conducto regular por cada uno de los estamentos educativos para atender a sus inquietudes.
El conducto regular de los aspectos académicos para padres de familia, acudientes y estudiantes es el siguiente:
a. Profesor(a) del área.
b. Orientador(a) de curso.
c. Coordinador.
d. Comisión de promoción y Evaluación.
e. Consejo Académico.
El conducto regular de los aspectos disciplinarios y conducta para padres de familia, acudientes y estudiantes es el siguiente:
a. Profesor(a) que detecta la falta.
b. Orientador(a) de curso.
c. Coordinador(a).
d. Rector(a).
e. Consejo Directivo.
5. Promover la organización del Gobierno Escolar y de la Asociación de Padres de Familia que dinamicen en coordinación con el Consejo Directivo el Proyecto Educativo Institucional.
6. Manejar en cuenta bancarias con responsabilidad mínima de dos personas, los dineros captados por La Institución.
7. No matricular estudiantes si no reúnen o aportan los requisitos necesarios para la matrícula.
8. Realizar los procesos por incumplimiento al Manual de Convivencia a estudiantes, administrativos, docentes y padres de familia.
ARTÍCULO 24. DEBERES DE LOS DOCENTES
- Contribuir a crear y mantener un ambiente de armonía y bienestar para la Institución.
- Presentar propuestas y sugerencias que busquen la calidad del proceso educativo en la Institución.
- Participar activamente en todos los actos que realice la Institución como: Turnos de disciplina, actividades generales, equipos de trabajo, reuniones de padres de familia y profesores, etc.
- Ser estricto en el horario establecido y puntual en cada una de las clases y en las actividades que se realicen.
- Estimular la creatividad y participación de los estudiantes, administrativos y padres de familia, en las actividades programadas por la Institución.
- Presentar oportunamente a los estudiantes las programaciones con logros, indicadores de logros, tiempo, técnicas de evaluación y biografías.
- Tener siempre en cuenta los derechos de los estudiantes y velar para que hagan buen uso de los mismos.
- Dialogar con los estudiantes para conocer sus avances y dificultades en el proceso académico y formativo.
- Escuchar al estudiante en sus sugerencias, quejas y reclamos.
- Informar al Rector(a) de actividades extras dentro o fuera de la Institución.
- Guardar lealtad con la Institución, defendiéndola de ataques injustos.
- Orientar a los estudiantes dentro del contexto de la realidad ética, política, económica, cultural y social en la cual se desenvuelve el mundo actual.
- Informar al director(a) y/o coordinador(a) sobre las dificultades académicas y disciplinarias de los estudiantes.
- Entregar oportunamente en las fechas establecidas los documentos, libros e informaciones correspondientes a su cargo, diligenciados debidamente.
- Solicitar oportunamente y por escrito, a la rectoría, los permisos respectivos, mínimo con dos (2) días hábiles de anticipación.
- Cumplir la Constitución y las leyes de Colombia.
- Inculcar en los estudiantes el amor a los valores históricos y culturales de la nación, y el respeto a los símbolos patrios.
- Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
- Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
- Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación a sus estudiantes.
- Abstenerse de solicitar préstamo en dinero o en cualquier otro beneficio económico a sus estudiantes y/o padres de familia.
ARTÍCULO 25. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/0 ADUDIENTES.
- Diligenciar personalmente y en forma completa la matrícula en las fechas fijada por la Institución.
- Cumplir el contrato tripartito establecido en la matrícula.
- Orientar al hijo(a) o acudido para obtener el documento de identidad.
- Proveer los utensilios necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar en el hogar un sano ambiente de estudio.
- Actuar en forma dinámica y responsable en los organismos de participación establecidos en la Ley General de Educación y Decreto 1860 de 1994.
- Respaldar las medidas o correctivos determinados por directivos y/o docentes para la formación integral de sus hijos o acudidos.
- Brindar protección material, moral, física y afectiva de un ambiente de convivencia hogareña.
- Ejercitar al interior de la familia los valores éticos y morales para la formación integral de los hijos o acudidos.
- Colaborar y/o participar en las actividades que tengan como finalidad el progreso de la Institución.
- Responsabilizarse de la educación y educación de los hijos o acudidos en concordancia con los lineamientos establecidos en la Constitución política, Código del Menor y presente Manual de Convivencia.
- Emplear la firmeza y los estímulos necesarios que garanticen el buen desarrollo integral de sus hijos o acudidos.
- Investigar y reconocer las fallas de sus hijos o acudidos, enseñarles a ser sinceros, a aceptar las correcciones justas y oportunas para cimentar los valores.
- Informar personalmente en la Institución las causas de inasistencias de sus hijos o acudidos.
- Concurrir puntualmente a todas las convocatorias establecidas por la Institución, si no lo hace, deberá presentarse al día siguiente con su hijo o acudido.
- Participar activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativos Institucional y actuar coherentemente con éste, al interior del hogar.
- Responder por todos los daños en que incurran sus hijos o acudidos.
- Participar activamente en la Asociación de Padres de Familia de la Institución.
- Contribuir solidariamente con la Institución para la formación de sus hijos o acudidos.
- Controlar el buen uso de los medios de comunicación en particular la televisión, en la selección de programas y en el horario de distracción frente al mismo.
- Realizar con debido respeto cualquier reclamación ante la instancia respectiva, dentro de la Institución, en el horario asignado.
- Es responsabilidad del padre de familia o acudiente la presentación personal del estudiante o acudido y con los uniformes estipulados por la Institución.
- Presentar la incapacidad médica en la coordinación cuando su hijo(a) o acudido no esté en condiciones de realizar ejercicios físicos.
PARÁGRAFO: Cuando el padre de familia o acudiente incumplan reiteradamente sus deberes serán remitidos al servicio de orientación de la Institución, si reiteran en tal conducta se dará conocimiento al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como dice el Código del Menor, lo cual es causal para perder el cupo del
hijo o acudido.
ARTÍCULO 26. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
RELATIVOS A LA CONDUCTA.
- Respetar y poner en práctica los derechos constitucionales fundamentales contemplados en la Carta Magna, lo mismo que las leyes y reglamentos de Colombia
- Respetar los valores patrios e institucionales, sus símbolos y las autoridades democráticamente constituidas.
- Cumplir normas cívicas en actos públicos, religiosos, recreativos y sociales.
- Respetar y obedecer a sus padres o acudientes.
- Cumplir las normas acogidas al interior de la familia.
- Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento de los recursos ofrecidos por su familia.
- Respetar y tratar con cortesía a sus condiscípulos, directivos, docentes, administrativos y operativos dentro de la Institución o fuera de ella.
- Dar buen uso y procurar el mejor aprovechamiento y conservación de los bienes y recursos ofrecidos por la Institución para su servicio.
- Conciliar toda contradicción o conflicto con sus compañeros, docentes, directivos, administrativos, operativos y con la comunidad en general.
- Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos y evaluaciones sin plagios, suplantaciones, ni fraudes; y en las fechas acordadas.
- Informar, cuando se de su conocimiento, todo hecho violatorio de la norma del presente manual a la instancia establecida en la institución.
- Respetar los bienes ajenos.
- Respetar su integridad personal evitando la introducción y/o consumo de bebidas alcohólicas en la institución, presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas o hacer apología de su consumo.
- Respetar la integridad personal, familiar y colectiva, evitando:
- La asociación premeditada para infringir el Manual de Convivencia en lo relacionado con deberes.
- El daño o destrucción comprobada de bienes y recursos de los compañeros.
- La calumnia contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
- El chantaje, la amenaza y el soborno.
- La sustracción de documentos, registros de logros, evaluaciones y logros de uso de los docentes o de la Institución.
- La agresión verbal.
- La autoría intelectual para la comisión de faltas.
- Adulterar las informaciones y guías académicas.
- Entregar oportunamente a los padres o acudientes, las comunicaciones o informes de la Institución que se envíen.
RELATIVO A LA DISCIPLINA
- Concurrir puntualmente a las clases y citaciones para salidas en comunidad actos culturales, deportivos, religiosos o clases extras que requieran de la participación de la Institución.
- Presentarse y permanecer dentro y fuera de la Institución, o en actividades programadas por ésta, decorosamente presentado con los uniformes apropiados como lo estipula el Decreto 1382 del 2003 emanado por la Secretaría de Educación del Huila. Además el uniforme diario de las niñas debe ser a la altura de la rodilla.
- Permanecer dentro de la Institución durante toda la jornada de estudio, con los materiales necesarios para el desarro0llo de las actividades curriculares
- Acatar las orientaciones de los directores y de los docentes y lo relacionado con la conducta, disciplina y con las actividades académicas.
- Abstenerse de traer objetos a la Institución tales como: Walkman, radios, celulares, etc., que dispersen su atención o perturben el ambiente de estudio en el aula o el desarrollo de las clases y actos organizados por la Institución.
- Abstenerse de manifestaciones amorosas ostensibles dentro de la Institución.
- Permanecer dentro del aula todo el período de clase con o sin el profesor, respetando el buen desarrollo de las actividades académicas y colaborar permanentemente en su mantenimiento, evitando cualquier clase de indisciplina en las aulas y en los sitios cercanos a ellas.
- Permanecer fuera de las aulas durante los períodos de descanso.
- Evitar el ingreso a la sala de profesores sin la autorización del docente.
- Dentro del salón de clase el alumno debe:
- Ponerse de pie para saludar.
- Permanecer en el lugar y silla asignada.
- Solicitar permiso al profesor para salir del salón cuando se necesario o requerido.
- Cuando suene el timbre para cambiar de clase, debe permanecer en su respectivo puesto y en orden.
- Participar en forma responsable en las organizaciones y comités estudiantiles que se establezcan a nivel interno de la Institución, colaborando, prestando sus servicios con entusiasmo, dedicación y en forma desinteresada.
- Adquirir y portar el carné estudiantil, procurando su buen uso, estado y conservación.
- Contribuir en el mejoramiento de su bienestar y el de la Institución, presentando proyectos.
- Asumir una actitud de cambio frente a las orientaciones que se les den para mejorar su proceso formativo y el cumplimiento de sus responsabilidades escolares y de convivencia.
- Proteger y mejorar y mejorar el patrimonio ecológico de la Institución.
- Llevar corresponsabilidad y el debido cuidado los libros y documentos de la institución cuando esta misión le sea asignada.
- Apoyar de manera solidaria las acciones de carácter social que adelante la Institución en beneficio de los más necesitados.
- Respetar las ideas de los demás para que sean respetadas las propias, creando un ambiente de diálogo como medio para dar soluciones, poniendo en práctica el código ético.
- Valorar y respetar los símbolos patrios y los propios del a Institución.
- Cantar con respeto los himnos: Nacional, del Huila, de Garzón y de la institución.
PARÁGRAFO 1º. Por ningún motivo se permite el uso de cosméticos ni joyas de ninguna especie a estudiantes de la Institución, cuando vistan cualquiera de los dos uniformes reglamentarios.
PARÁGRAFO 2º. La Institución no se hará responsable de objetos ni dinero que se extravíe, por lo tanto, cada estudiante cuidará de éstos.
PARAGRAFO 3°. En caso de utilizar accesorios, debe ser de un color moderado que se ajuste al uniforme.
RELATIVO AL CUMPLIMIENTO.
- Está en los deberes de los estudiantes responsabilizarse con las actividades a las cuales se han vinculado o que se han requerido en representación de la Institución.
- Para ausentarse de la Institución durante la jornada de estudio, solo podrá hacerlo mediante autorización del coordinador, y en su ausencia por alguno de los profesores encargados de la disciplina.
- Asistir a los actos de graduación con el uniforme, según lo reglamentado por la Institución.
- Cumplir los turnos de aseo asignados.
CAPITULO V
PROHIBICIONES
ARTICULO 27. PROHIBICIONES PARA TODOS LOS ESTAMENTOS EDUCATIVOS.
- Fumar en el interior de las aulas, oficinas o predios de la Institución.
- La introducción y / o consumo de bebidas alcohólicas en la Institución.
- Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas o hacer apología del consumo, consumirlas o expenderlas en el interior o sitios aledaños a la Institución o en actos públicos que comprometan el nombre de la Institución.
- Portar armas de cualquier tipo en el interior de la Institución.
- El acoso sexual.
- Realizar rifas, apostar en juegos de azar, portar revistas pornográficas e ingresar a páginas calientes en Internet dentro de la Institución.
- El robo – el hurto.
- Denigrar de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.
ARTICULO 28. PROHIBICIONES A LOS DOCENTES
- Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
- Establecer y mantener relaciones amorosas con los estudiantes de la Institución.
- Asistir al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía.
- La práctica de aberraciones sexuales.
- La malversación de fondos o bienes escolares.
- El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos.
- Aplicar castigos denigrantes o físicos a los estudiantes.
- Utilizar la cátedra para hacer proselitismo político o religioso.
ARTICULO 29. PROHIBICIONES AL CONSEJO DIRECTIVO
- Excluir de la Institución a cualquier estudiante, sin haber realizado el debido proceso.
- Apartarse de su reglamento interno.
3. Abuso de autoridad.
CAPITULO VI
FALTAS Y CORRECTIVOS
ARICULO 30. Se consideran faltas de los estudiantes a cada trasgresión de los deberes, con el Estado, La familia, la Institución y las prohibiciones aquí consignadas.
Frente al Estado y a la familia, la institución coadyuvará con las autoridades e instituciones legales para las averiguaciones, responsabilidades y aplicación de correctivos correspondientes.
Las faltas de disciplina y de conducta que trasciendan, serán investigadas por el organismo competente. Aquellas que no alcancen relevancia, serán manejadas por el profesor del área o por el orientador de grupo, inspirados en
La psicología evolutiva, el entorno y las circunstancias que pudieran atenuar o agravar las causas o los efectos del comportamiento de los estudiantes.
ARTICULO 31.
FALTAS LEVES
Son consideradas faltas leves todas las infracciones que por su materia, intención o consecuencia no tengan trascendencia grave para la Institución, las personas o para quien las comete.
Son faltas leves:
- Jugar con balones, bicicletas o cualquier otro elemento en los espacios pedagógicos (Aulas, corredores, sala de informática, restaurante, baños y cultivos).
- Escribir letreros en espacios de la institución (mesas, sillas y paredes).
- Dañar material mobiliario, pedagógicos, y audiovisuales.
- Jugar o hacer desorden en formación o eventos importantes.
- Realizar otros trabajos en horas de clase.
- El no uso del uniforme de diario y deportivo.
- Retardo permanente en el horario establecido.
- Utilización de expresiones soeces con miembros de la comunidad educativa. (Si es reiterativa se puede convertir en una falta grave).
- Causar daños en áreas de agrícola.
- Salir sin permiso de la institución.
- Consumir alimentos en horas de clase.
- Portar y utilizar elementos que distraigan la clase.
ARTICULO 32.
FALTAS GRAVES
Se considera falta grave, aquella actitud del estudiante que atente contra su propia integridad y dignidad, de las personas que pertenecen a la Institución, de la comunidad y todo acto que perturbe o afecte en grado sumo la normatividad institucional.
Son faltas graves:
- Contestar a sus superiores con expresiones soeces y en tono alto.
- Portar armas dentro de la institución educativa
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- Acoso sexual.
- Fumar e ingerir bebidas alcohólicas dentro de la institución.
- Violentar chapas y candados de las puertas y ventanas de la planta física.
- Cometer fraudes en evaluaciones y trabajos asignados.
- Falsificar documentos o certificados de la institución.
- Organizar juegos de azar, donde se apueste dinero.
- Tratar con vulgaridad al personal que labora en la institución o a sus compañeros.
- Cometer hurto o robo dentro de la institución.
- Manifestar expresiones de irrespeto. (Besos y manosear el cuerpo).
- Enfrentarse físicamente con el personal de la institución o utilizando material que generen heridas.
CAPITULO VII
PROCESO DISCIPLINARIO PARA LAS FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 33. El Consejo Directivo para sancionar deberá ceñirse al siguiente proceso y al respeto riguroso del derecho a la defensa así:
- Dentro de los tres (3) primeros días hábiles siguientes al conocimiento de la falta, se ordenará la apertura de una etapa de averiguación que tendrá un término máximo de cinco (5) días hábiles.
- Precluido dicho término, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes se escuchará al implicado en una diligencia de cargos y descargos pudiéndose aportar o solicitar pruebas, si el implicado es un estudiante deberá estar acompañado por uno de sus padres y o acudiente.
- Si se decretan pruebas, deberán ser practicadas en un término máximo de cinco (5) días hábiles.
- Precluida la etapa probatoria, el Consejo Directivo deberá pronunciarse de fondo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, debiendo ser motivada la decisión.
PROCESO DISCIPLINARIO PARA INFRACCIONES A LOS DEBERES Y PROHIBICIONES EN LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 34. Para efectos de aplicación de sanciones se harán en forma progresiva así:
1. AMONESTACION VERBAL, INICIO DE LA ACCION
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Se levantará un acta de la falta, detallando: Capítulo, artículo y numeral infringidos, los prejuicios, los descargos hechos por el estudiante y firmados por él, los correctivos necesarios, el compromiso que adquiere el estudiante y la firma de quien redacta el acta.
TÉRMINOS
Este llamado deberá realizarse dentro de los tres (3) días hábiles escolares al conocimiento de la infracción de la falta.
COMPETENCIA
El docente o directivo que conozca la comisión de la falta.
2. AMONESTACION ESCRITA
Cuando el estudiante haya sido amonestado verbalmente y ha cometido una nueva infracción a los deberes, se procederá a la amonestación escrita, la cual debe comunicarse al padre de familia o acudiente del implicado. Los elementos que debe contener el acta de esta amonestación son iguales a los de la amonestación verbal.
TÉRMINOS
Esta diligencia deberá realizarse dentro de los cuatro (4) días hábiles escolares al conocimiento de la comisión de la falta.
COMPETENCIA
Orientador del grupo.
3. AMONESTACION ESCRITA EN COORDINACION
Cuando el estudiante haya sido amonestado en forma escrita y ha cometido una nueva infracción a los deberes, se procederá a cumplir con esta nueva amonestación con presencia del personero estudiantil, del padre o acudiente. Los elementos que debe contener el acta de esta amonestación son iguales a los de la amonestación verbal.
TÉRMINOS
Esta diligencia deberá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles escolares al conocimiento de la comisión de la falta.
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COMPETENCIA
Coordinador de la Institución Educativa.
4. AMONESTACION ESCRITA DE RECTORIA
Cuando el estudiante haya sido amonestado en forma escrita en coordinación y haya cometido una nueva infracción a los deberes, se procederá a cumplir con esta nueva amonestación con presencia del rector(a), Coordinador(a), padre o acudiente y personero estudiantil. De esta diligencia se dejará constancia mediante acta firmada por quienes en ella intervienen.
TERMINOS
Esta diligencia deberá realizarse dentro de los cocho (8) días hábiles escolares al conocimiento de la comisión de la falta.
COMPETENCIA
Rector(a)
5. ANALISIS Y CONSIDERACIÓN EN EL CONSEJO DIRECTIVO
Cuando del estudiante haya sido reconvenido tal como lo describe el numeral anterior y comete una nueva infracción a los deberes, el caso se llevará al Consejo Directivo; además serán citados ante este comité el estudiante implicado, sus padres y o acudiente, personero estudiantil, para el respectivo análisis con las evidencias y el Consejo Directivo mediante acta, sugiere la permanencia o separación del estudiante de la Institución.
TERMINOS
Esta diligencia deberá realizarse dentro de los quince (15) días hábiles escolares al conocimiento de la comisión de la falta.
COMPETENCIA
Consejo Directivo.
La exclusión se materializará con un acuerdo motivado y emanado del Consejo Directivo.
RECURSOS: Contra la providencia sancionatoria procede el recurso de reposición y apelación ante el Consejo Directivo y Dirección de Núcleo respectivamente en un término de tres (3) días hábiles.
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PARAGRAFO: Ante la inasistencia del padre de familia y o acudiente en la fecha indicada en la nota de citación, se fijará copia de la misma en la cartelera de la Institución (sede) por un término no mayor de tres (3) días hábiles, otra copia se enviará al padre de familia o acudiente a la dirección Registrada en la hoja de matrícula. Dentro de dicho término el padre de familia o acudiente debe presentarse a la dependencia de la Institución que lo haya solicitado. Su inasistencia facultará a la Institución Educativa para continuar el proceso.
PROCESO DE ORIENTACION
- Diálogo del estudiante con el profesor(a) y o coordinador con el fin de determinar la responsabilidad y el compromiso que el estudiante asume frente a la misma y al cumplimiento del código ético. Debe quedar por escrito el primer llamado de atención.
- Si el estudiante por segunda vez comete la misma falta habrá diálogo entre él, el docente y el padre de familia o acudiente, para acordar un compromiso conjunto en busca del cambio de actitud del estudiante.
- Si el estudiante reincide se tendrá un diálogo con el Coordinador y el padre de familia y o acudiente. Se le iniciará proceso disciplinario o se continuará, dependiendo si la falta es grave o leve.
CORRECTIVOS Y SEGUIMIENTO A LAS FALTAS
- Aplicación del artículo 31 del presente Manual.
- Aplicación del Artículo 32 del Presente Manual.
- La supresión de privilegios y honores tales como la representación en eventos culturales, deportivos, excursiones, otros.
- Reconocimiento de la falta y presentación de excusa ante las personas que afectó directamente con su conducta.
- Ejecución de actividades de interés social y comunitario de trascendencia pedagógica.
- Tareas de interés pedagógico, ecológico y ornamental.
- Arreglo, pintura, aseo de sillas, paredes, tableros, puertas, o cualquier elemento afectado.
- Reposición del inmueble, materiales de trabajo, de decoración, y exposición, material audiovisual y otros pertenecientes a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Asignación de un nuevo trabajo o evolución con más grado de dificultad.
- Desarrollo de actividades creativas y de granja.
- Programación y ejecución de talleres, charlas y videos.
- El liderazgo de actividades recreativas y lúdicas.
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- Los estudiantes de los grados Quinto, Noveno y Undécimo que incurran en faltas graves o hayan reincidido en infracciones, pierden el derecho al grado con honores y recibirán su certificado por ventanilla.
- Denuncia a la autoridad competente en caso de delitos punibles.
PARAGRAFO 1: Todo correctivo debe conocerlo el padre de familia o acudiente.
PARÁGRAFO 2: Todo proceso prescribe el año calendario contado a partir de la última amonestación realizada.
PARAGRAFO 3: La renuencia al incumplimiento de las normas ubicadas originará el cambio de medida y al ser reiterativo ese comportamiento, serán aplicables los correctivos 16 y 17.
PARÁGRAFO 4: Si el estudiante amonestado, padre de familia y/o acudiente se negare a firmar las actas de amonestación, se dejará constancia ante un testigo.
PARAGRAFO 5: Se archivará el expediente de los estudiantes que demuestren buen comportamiento durante el año, contado a partir de la última amonestación realizada.
ARTICULO 35. RETARDOS Y AUSENCIAS
El siguiente procedimiento se aplicará a los estudiantes que reiteradamente falten a la institución.
1. Cuando la ausencia de un estudiante es por enfermedad de un (1) día se debe presentar al director de grado el padre de familia y/o acudiente para justificar la inasistencia, si no es posible el padre de familia y/o acudiente deberá enviar una excusa justificada.
2. Cuando la ausencia por enfermedad sea por dos (2) o más días, el padre de familia deberá presentar al director de grado la incapacidad o en su defecto una excusa firmada por él justificando la inasistencia.
3. Cuando se presenten casos de calamidad familiar el padre de familia y/o acudiente informará por medio de una nota o mensaje verbal al director de grado y el día que regrese el estudiante presentarse ante él.
4. Cuando un estudiante llegue tarde a la primera clase, justificará el motivo y este será anotado en el diario de campo.
5. Cuando un estudiante reincida permanentemente en llegar tarde se llamará al padre de familia para escuchar el motivo y hacer un compromiso. Deberá quedar por escrito en el observador del estudiante.
6. En todo caso los docentes llevarán un registro de los estudiantes ausentes o impuntuales.
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La presencia del padre de familia o acudiente con su hijo para justificar la impuntualidad lo exonera de la falta, si no es reiterativo el comportamiento.
Para ausentarse de la jornada de estudio sólo podrá hacerlo con el permiso del docente de disciplina.
PARAGRAFO: El estudiante asume los prejuicios sobre los temas, tareas, trabajos y evaluaciones cuando se presenten inasistencias y retardos. (Sin embargo el docente siempre estará dispuesto a colaborarle al estudiante para lograr la nivelación).
CAPITULO IX
ESTIMULOS
ARTICULO 36. PARA TODOS LOS ESTAMENTOS
En los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, la institución busca promover en ellos el cumplimiento de los deberes y valores como la autodisciplina, conciencia social, estética, deportiva, investigativa de trabajo y voluntad de superación.
1. Matrícula de honor a los dos mejores estudiantes de cada sede, teniendo en cuenta el desarrollo integral, durante el año escolar. Conlleva a la exoneración de pago de cobros (carné, boletines, restaurante escolar).
2. Mención honorífica a los dos (2) mejores estudiantes que se hayan destacado en las artes de: danza, canto, teatro, literatura, poesía, sin afectar su desarrollo integral.
3. Mención honorífica a los dos (2) mejores estudiantes que se hayan destacado en alguna disciplina deportiva, sin afectar su desarrollo integral que le permita la promoción durante el año escolar.
4. Mención honorífica a directivos, docentes y personal administrativo, padres de familia, que se hayan destacado en el cumplimiento de sus funciones.
5. Salida de un día laboral para el grupo que obtenga la mayoría de logros a juicio del Consejo Académico.
6. Mención de honor y exaltación ante la asamblea al mejor educador o educadores a juicio de los estudiantes, padres de familia, docente y directivo.
7. Mención de honor y salida pedagógica en un día laboral a docentes, padres de familia m, directivos y estudiantes que se hayan destacado por el cumplimiento de sus funciones.
PARAGRAFO: Todo integrante de la comunidad educativa que reciba un estímulo, debe exaltársele en su hoja de vida y en acto público.
CAPITULO X
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CONSEJO DIRECTIVO
ARTÍCULO 37
INTEGRANTES Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
Es la instancia directiva y de participación de la comunidad educativa, de orientación académica y administrativa de la Institución, deberá estar conformado por:
El Rector, quien lo presidirá y convocará una vez al mes y, extraordinariamente cuando lo necesite.
Dos representantes de los docentes, elegidos por mayoría de los votantes en asamblea de docentes.
Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de familia.
Un representante de los educandos elegido por el Consejo Estudiantil entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
Un representante de los exalumnos elegido en Asamblea General de Padres de Familia.
Un representante de los sectores productivos elegido en Asamblea General de Padres de Familia, y que tenga relación directa con instituciones gubernamentales y no gubernamentales que apoyen el funcionamiento de la institución.
ARTICULO 38 FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
1. Tomar las decisiones a afectan el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes de la Institución.
3. Adoptar el Manual de Convivencia de la Institución, de conformidad con las normas vigentes.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
5. Estudiar y decidir las solicitudes de transferencia de los estudiantes que provengan de otra institución.
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6. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
7. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución, presentado por el Rector.
8. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudio y someterlos a consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces.
9. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución.
10.Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social
del estudiante.
11.Participar en la evaluación anual de todos los estamentos que conforman la
Institución.
12. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades educativas, culturales, recreativas y deportivas.
13. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad.
14. Promover la relación de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas.
15. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos.
16. Tomar decisiones agotadas las instancias para los aspectos académicos y/o disciplinarios.
17. Darse su propio reglamento.
ARTICULO 39 PERIODO, INSTALACIÓN Y CONVOCATORIA
Los representantes del Consejo Directivo común, serán elegidos para periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean remplazados, en caso de vacancia, se elegirá un reemplazo para el resto del periodo.
El consejo Directivo, deberá integrarse dentro de los primeros 60 días calendario siguientes al de iniciación de clases de cada periodo lectivo anual y entrar en ejercicio e instalarse por derecho propio dentro de los diez (1O) días siguientes a su elección.
El rector, en su calidad de presidente del Consejo Directivo Común, procederá directamente o por medio del secretario a hacer las citaciones a reuniones ordinales o extraordinarias cuando lo solicite por lo menos (3) miembros del Consejo Directivo Común.
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Se entenderá que hace dejación del cargo de miembro del Consejo Directivo común, la persona que se abstenga asistir a más de (3) reuniones consecutivas o sin causa justificada.
QUÓRUM:
El quórum decisorio para el Consejo Directivo Común, lo constituye la presencia de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes, cinco (5) miembros.
ORDEN DEL DIA:
El orden del día deberá contener los asuntos concretos que se va tratar en cada sesión; corresponderá al secretario elaborar el orden del día, previa consulta con el presidente del Consejo Directivo; al iniciar la sesión el presidente ordenará leer el orden del día propuesto, que podrá ser modificado, o adicionado por la mayoría
Una vez aprobado el orden del día definitivo, la reunión deberá someterse a el rigurosamente.
Las sesiones del Consejo directivo común se harán los primeros días de cada mes, y el lugar será rotado para darle participación a las comunidades de las sedes.
CAPITULO XI
REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL
ARTICULO 40
PERFIL DEL REPRESENTANTE ESTUDIANTIL
· Capacidad de liderazgo.
· Sentido de pertenencia.
· Buen comportamiento social.
· Responsabilidad, disciplina.
· Facilidad de expresión.
· Cumplidor de sus deberes.
ARTICULO 41
DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
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El Artículo 28 del Decreto 1860 define “En todos los establecimientos educativos, el personero de los estudiantes, será del último gado que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la constitución Política, las Leyes vigentes, los reglamentos y el MANUAL DE CONVIVENCIA.
El Rector(a) de la Institución Educativa, convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple, mediante el voto secreto, el personero(a) de los estudiantes
FUNCIONES DEL PERSONERO
- Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembro de la comunidad educativa.
- Presentar ante el Rector(a) de la Institución, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
- Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
- Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que hagas sus veces, as decisiones del Rector(a) respecto a las peticiones presentados por su intermediario.
CAPITULO XII
JORNADA ESCOLAR, HORARIO DE LA JORNADA ESCOLAR Y JORNADA LABORAL
ARTICULO 39. JORNADA ESCOLAR
Es el tiempo que dedica la Institución a sus estudiantes en la prestación directa del servicio público, de conformidad con la normatividad vigente sobre Calendario académico y Plan de estudio.
ARTICULO 40. HORARIO DE LA JORNADA ESCOLAR
En la Institución el Horario está definido atendiendo a la necesidad de dar cumplimiento a las cuarenta (40) semanas lectivas establecidas en la Ley 115 del 94 y fijadas en el Calendario Académico. El plan de estudio así:
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En las sedes MESITAS, PAN DE AZÚCAR, LAS DELICIAS, LA PRIMAVERA, FILO DE PLATANARES y RECREO, el horario establecido para la jornada escolar con los estudiantes es el siguiente:
De 8:00 - 12:30 a.m. y de 1:30 - 2:30 P.M.
En las Sedes FILO DE PLATANARES Y SEDE EL RECREO
Los estudiantes de básica primaria
De 8:00 a 12:30 P.M. y de 1:30 P.M. a 2:30 P.M.
Los estudiantes de básica secundaria y media
De 8:00 a 12:30 P.M. y de 1:30 P.M. a 3:30 P.M.
ARTICULO 41. JORNADA LABORAL
Es el tiempo que dedican los docentes y directivos al cumplimiento de sus funciones de acuerdo con la normatividad vigente.
La jornada laboral en la I.E. El Recreo es la siguiente:
De 8:00 a 12:30 y 1:30 a 5:00 PM
ARTÍCULO XIII
SERVICIOS OFRECIDOS POR LA INSTITUCIÓN
SERVICIO DE RESTAURANTE ESCOLAR: Se ofrece durante la semana, brindándoles la modalidad de almuerzo al 100% de los estudiantes.
Para poder acceder al servicio los estudiantes deben cumplir con los siguientes criterios:
- Cancelar la cuota semanal acordada en Asamblea General de padres de familia.
- Colaborar con el aseo general del restaurante.
- Manejar sencillas normas de comportamiento.
- Consumir los alimentos preparados.
SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR: Se ofrece a los estudiantes desde el inicio del Calendario Escolar, con el aporte del Municipio, Comité de Cafeteros, Gobernación y Padres de Familia.
Para poder acceder al servicio los estudiantes deben cumplir con los siguientes criterios:
- Cancelar la cuota semanal acordada en Asamblea General de padres de familia.
- Manejar sencillas normas de comportamiento.
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- Cumplir con el horario establecido para el recorrido ( salida – Regreso)
SERVICIO DE BIBLIOTECA: Se ofrece a los estudiantes, profesores y particulares que requieran del servicio.
Criterios:
- El horario de atención será de: 3:30 a 4:30 P.M.
- Para solicitar un libro se debe presentar un documento de identidad y al devolverlo se firmará el libro de registro llamado SOY UN BUEN LECTOR.
- Cumplir con sencillas normas de comportamiento y cuidado del material existente.
SERVICIO DE SALA DE INFORMATICA:
Se ofrece a los estudiantes, docentes y particulares de lunes a viernes a partir de la 3:30 a las 4:30 P.M.
Criterios:
- Cancelar el costo establecido en la Resolución de Costos Educativos.
- Manejar sencillas normas de comportamiento.
- Cumplir con los mandamientos del aula de informática.
MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS
FUNCIONES DEL RECTOR
- Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
- Velar por el cumplimiento de las funciones del los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.
- Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento educativo.
- Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
- Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
- Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
- Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la Ley, los reglamentos y Manual de Convivencia.
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- Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizar a favor del mejoramiento del PEI.
- Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad.
- Aplicar las disposiciones que se expidan por parte de Estado, atenientes a la prestación del servicio público educativo.
- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.
FUNCIONES DEL COORDINADOR
- Velar por que el desarrollo de las programaciones curriculares, el de los proyectos pedagógicos, el de Orientación Escolar y el conjunto que se dan dentro del marco de las actividades institucionales correspondan al perfil del estudiante que se desea formar.
- Diseñar periódicamente un plan de acción que permita cumplir con sus funciones.
- Orientar y asesorar permanentemente el proceso académico y de orientación escolar, especialmente en los casos críticos.
- Mantener actualizada la estadística sobre rendimiento escolar de los estudiantes.
- Presentar informes al rector sobre la situación académica de la I. Educativa.
- Velar por que a los estudiantes se les garantice el derecho a la evaluación formativa como lo establece la Ley General de la Educación.
- Revisar los informes descriptivos que elaboran los docentes para los padres de familia y los estudiantes.
- Entregar a la secretaria académica oportunamente los informes descriptivos de los estudiantes al finalizar cada periodo.
- Presidir los comités de área y Comisión de Evaluación y Promoción.
- Estructurar con la participación de los docentes el Plan de capacitación Institucional.
- Hacer seguimiento a los planes de mejoramiento profesional de los docentes.
- Liderar la elaboración del plan de acción para los directores de grado.
- Liderar la aplicación del Manual de Convivencia.
- Promover la identificación de factores que atentan contra la convivencia pacifica dentro de la I.E. y proponer correctivos.
15 Centralizar la información concerniente a la movilización de estudiant
es y docentes actividades especiales, dentro y fuera de la I.E.
16. Establecer grupos de atención al estudiante en las horas de llegada y
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salida del establecimiento, como en la hora de recreo.
17. Atender casos especiales e imprevistos, relacionados con retardos u
Otras violaciones al Manual de Convivencia.
FUNCIONES DEL DOCENTE Y/O DIRECTOR DE GRADO
- Cumplir con la jornada laboral, de acuerdo a las normas vigentes.
- Velar por la buena presentación de sus estudiantes, el buen estado de las mesas, sillas, tableros y ornamentación del aula de clase.
3 Diligenciar oportunamente los libros reglamentarios , fichas de registro de informes valorativos periódicos y finales, historial del estudiante, actas de recuperación, Un ser con principios y valores que busque permanentemente la excelencia.
- Que sea un ser equilibrado y justo; que practique los valores humanos, para comprender, saber y orientar sus estudiantes.
- Una persona innovadora, dinámica, emprendedora que esté dispuesta a aprender y enseñar para el fortalecimiento de su comunidad.
ARTÍCULO 10. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA.
- El padre de familia de la Institución Educativa El Recreo, debe ser una persona equilibrada, responsable con su núcleo familiar.
- Una persona activa y colaboradora que esté dispuesta a capacitarse, para mejorar su rol como padre responsable en la educación de sus hijos.
- Que se comprometa a realizar el respectivo acompañamiento en el proceso formativo de su hijo como estudiante.
- Que conozca las normas de la institución para que las cumpla.
- Que sea modelo y ejemplo para sus hijos en cualquier espacio o cargo.
- Que atienda las necesidades afectivas, físicas y económicas de sus hijos.
ARTÍCULO 11. PERFIL DEL ESTUDIANTE.
1. Una persona que se esfuerce por dejar una huella positiva en su
Paso a la institución.
2. Que sea alguien competitivo a nivel deportivo, artístico, académico y
politica
3. Que sea analítico, crítico, reflexivo e investigativo en las diferentes
Formas.
4. Atender y resolver inquietudes de los padres de familia cuando sean
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De su competencia
5. Colaborar y coordinar el normal desarrollo de las actividades en caso
De la ausencia de un docente por eventualidad.
6. En ausencia de un docente entregar a su debido tiempo los trabajos
Entregar el fin de semana al Coordinador el registro de retardos
En Horas de la mañana.
7. Velar por el buen aprovechamiento de los alimentos en el Restaurante
escolar
8. Hacer uso del Observador del estudiante cuando lo considere nece
Sario.
FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO (SECRETARIA-O)
Le corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución.
- Programa y organiza las actividades propias a su cargo.
- Se responsabiliza de los siguientes libros: matrículas, informes académicos, registro de logros y actas.
- Dirige la ejecución del proceso de pre-matrículas, asignación de cupos, traslados y matrículas.
- Elabora los listados de los alumnos para efectos docentes y administrativo.
- Actualiza y ordena la documentación de los alumnos y personal docente.
- Ayuda en la elaboración de los informes estadísticos.
- Elabora los certificados y constancias que le sean solicitados.
- Responde por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos confiados a su manejo.
- Mantiene actualizado y ordenado el archivo de la I.E.
- Atiende amablemente a los padres de familia en lo relacionado con recibos de matrículas.
- Lleva la contabilidad y los libros reglamentarios, según las normas establecidas.
- Entrega oportunamente el material solicitado por los docentes.
- Elabora todos los trabajos en computador propios de su dependencia.
- Lleva el control de pagos de otros cobros (boletines y cómputo).
- Cumple la jornada laboral legalmente establecida.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
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- Tomar las decisiones a afectan el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad.
- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes de la Institución.
- Adoptar el Manual de Convivencia de la Institución, de conformidad con las normas vigentes.
- Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
- Estudiar y decidir las solicitudes de transferencia de los estudiantes que provengan de otra institución.
- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
- Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución, presentado por el Rector.
- Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudio y someterlos a consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces.
- Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución.
- Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante.
- Participar en la evaluación anual de todos los estamentos que conforman la Institución.
- Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades educativas, culturales, recreativas y deportivas.
- Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad.
- Promover la relación de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas.
- Reglamentar los procesos electorales previstos en el artículo 1860/94.
- Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes del pago legalmente autorizado efectuado por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos.
- Tomar decisiones agotadas las instancias para los aspectos académicos y/o disciplinarios.
- Reglamentar los procesos electorales previstos en el artículo 1860/94.
- Darse su propio reglamento.
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EN RELACIÓN CON EL AFONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS EL CONSEJO DIRECTIVO CUMPLIRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
- Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos a partir del proyecto presentado por el director;
- Definir la administración y manejo del fondo en concordancia con el artículo 7° del presente decreto y hacer seguimiento y control permanente al flujo de caja ejecutado.
- Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuestales que afecten el acuerdo anual del presupuesto;
- Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva institución, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes.
- Reglamentar los procedimientos presupuestales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno, el manejo de inventario y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes.
- Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los Veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo requiera.
FUNCIONES DEL PERSONERO
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para la cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento. Pedir la colaboración al consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y l as que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de os estudiantes.
3. Presentar ante el rector o al Director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar al Consejo Directivo o a el organismo que haga sus veces.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
- Servir de órganos consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEI.
- Estudiar el currículo y propiciar el continuo mejoramiento, introduciendo modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.
- Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación institucional.
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de la evaluación.
- Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
- Reunirse al finalizar cada periodo.
- Analizar los casos de insuficiencia o de promoción anticipada, presentados durante el periodo.
- Determinar el proceso de actividades de recuperación que hará el docente de área.
- Citar al padre de familia, acudiente y docente del área cuando la Comisión lo amerite.
- Programar las fechas de recuperación.
- Registrar en acta los casos analizados en el seno de la Comisión, para dejar constancia.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
- Darse su propia organización interna.
- Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la Institución Educativa y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
- Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre su desarrollo de la vida estudiantil.
FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Velar por el cumplimiento del PEI y su continua evaluación,
para lo cual podrá contratar accesoria especializada.
- Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
- Promover el proceso de constitución del Consejo de padres de Familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.
- Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.
- Promover la construcción de un clima de confianza. Tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
- Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
- Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.
- Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromisos con la legalidad.
- Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.
CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
- Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas Saber.
- Exigir que la I.E. con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y saber realizada por I C F E S.
- Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que realice la I.E. , orientada a mejorar las competencias del estudiante en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
- Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
- Promover actividades de formación de los padres de familia, encaminada a desarrollar estrategias y acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la practica de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
- Propiciar un clima de confianza entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
- Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley;
- Colaborar en las actividades destinada a la promoción de salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del Medio Ambiental.
- Elegir al Padre de Familia que participará en Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.
- Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
- Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.
HIMNO AL HUILA
Con la ternura
de la tierra mía
que me vio nacer,
canta mi alma
con la dicha entera
de un amanecer.
Tierra del alma
que te quiero tanto
con el corazón
es el alma del Huila
tierra de promisión.
En el Huila para bien
cruza un río sin igual
que da la vida entera
al labrador
a su maizal,
al platanal.
Es el huila mi querer,
Doy mi vida por volver,
A mi tierra querida
Cantarle con placer.
Autor: Luis Alberto Osorio
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HIMNO DE GARZON
Del oriente la luz ilumina
Los paisajes y el fresco verdor
Y dos ríos cual lazos de plata
Resplandecen al rayo de sol.
En un vuelo de garzas gigantes
De este valle el eterno formó,
Entre mágico azul de los andes
Un oasis de paz y de amor.
Digna eres garzón que guardase
Por tu fe, voluntad y valor,
De bolívar la espada flamante
Y de España el beso de colón.
Es tu suelo bondad y esperanza
Tus portales abiertos están
Y tus blancos caminos extienden
Como rayos del sol tropical.
Oh, garzón tu nombre bendecimos
Noble cuna, hogar y blasón
De tus hijos que hicieron la patria
De Colombia a ti gloria y amor.
Autor: Marco Tulio Losada Ch.
HIMNO DE LA INSTITUCION